Durante el 2021 la Dirección General de Tráfico ha enviado varias cartas importantes, como la relacionada con el orden en el que los conductores dbeían pasar la ITV. En las próximas semanas se emitirá una nueva.
En la nueva comunicación, el organismo dirigido por Pepe Navarro informará sobre varios cambios en la normativa. En primer lugar, se avisará sobre las novedades en cuanto a las bajas de los vehículos. Hasta este momento no había en España ningún límite de baja temporal del vehículo, duplicándose desde 2004, pasando de 60.982 a 132.0459. Ahora, pasarán a estar limitadas a un año. Antes de ello, los conductores deberán solicitar una prórroga y, en caso de no hacerlo, la DGT tendrá potestad para recuperar todos los atributos y cargas derivadas de su alta. Esto puede derivar en reclamaciones por impago contra el titular del coche.
Por otro lado, se informará también de una modificación, que entró en vigor en el Reglamento General de Vehículos, sobre la obligatoriedad de pasar la revisión de la ITV tras la reparación y vuelta a la circulación de un vehículo que ha sido declarado siniestro total por una compañía aseguradora.
Como último punto importante, encontramos una modificación orientada a los vehículos que no hayan pasado la ITV durante diez años ni tengan seguro en vigor. Esos coches serán dados de baja automáticamente y definitivamente.
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Fuente: elespanol.com