Si tu coche no tiene la ITV al día, la DGT puede darlo de baja sin tu consentimiento.
De acuerdo con el Real Decreto 265/2021 del 13 de abril, el organismo está potestado para dar de baja cualquier vehículo sin necesidad de informar a su dueño.
En concreto basta que un automóvil esté 10 años sin pasar la ITV ni asegurar para que la DGT puede dar una baja de oficio, lo que se traduce en que inmediatamente el coche pasa a formar parte del listado de bajas de la DGT, lo que le impediría circular bajo ninguna circunstancia.
Es cierto que con posterioridad el propietario puede volver a regularizar la situación del automóvil, rehabilitándolo para su utilización tras poner al día la correspondiente documentación y presentarla en tráfico. De esta manera la DGT pretende acabar con dos fraudes de una sola vez, por un lado el de los coches al margen de la ley, que permanecen durante años sin pasar por la ITV ni disponer de seguro obligatorio, y por otro el de los vehículos viejos ya y desaparecidos de los que no ha sido comunicada su baja por el propietario y siguen estando en los registros de la DGT.
Hasta ahora la baja de un vehículo, ya fuera temporal o permanente, se producía siempre tras la petición del propietario.